a) Por octavo de página o fracción: 14 €
b) Con carácter especial, cuando se aporte el contenido íntegro del anuncio en soporte informático compatible con el sistema utilizado en el BOP, se bonificará el 50%, es decir, 7 euros.
c) Cuando la inserción se solicite por el procedimiento de urgencia, estas tarifas se incrementarán en un 100%.
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- En efectivo, directamente en el Negociado de Registro y BOP
- Giro postal o telegráfico
- Talón conformado
- Transferencia a la cuenta ES81 3058 0199 4027 3200 0131
Siempre que no sea en efectivo, debe indicarse con claridad el nº de edicto al que corresponde el pago (mediante fax, correo, o correo electrónico) al Negociado de Registro y BOP.
En el caso de transferencias, se indicará el número del anuncio al que debe aplicarse en el concepto de ésta, y se remitirá también, al Negociado de Registro y BOP, recibo de la transferencia realizada.
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